20/8/12

Zonas Especiales de Desarrollo Económico



Con la aprobación del Código de la Producción, Comercio e Inversiones – COPCI - surge un nuevo esquema denominado Zonas Especiales de Desarrollo Económico (ZEDE); con lo cual, las actuales zonas francas han comenzado a estudiar el proceso correspondiente para migrar a esta figura que crea el COPCI; no obstante, quienes deseen podrán continuar como zonas francas hasta que finalicen sus concesiones.
 
La Ab. Viviana Vásquez Moreira – Directora Ejecutiva de la Unidad Técnica Operativa de Supervisión y Control de ZEDE- nos da a conocer bajo qué concepto se crearon las ZEDE´s y cuáles son sus objetivos.

1.- ¿Por qué se tomó la decisión de cambiar el régimen de zonas francas por el esquema de las Zonas Especiales de Desarrollo Económico?

El Gobierno Nacional, en su estrategia para el desarrollo del país, decidió hacer un cambio integral de las figuras que otorgaban incentivos o beneficios tributarios para estimular la exportación, por cuanto, al no tener reglas claras para su otorgamiento y control, en muchos casos, los beneficios concedidos fueron distorsionados.  Era preciso establecer un nuevo esquema que, no solo otorgue incentivos de orden tributario, sino que también incorpore los aspectos que nos permitieran ponderar la retribución al Estado por los beneficios concedidos, con orientación a lograr los objetivos de desarrollo nacionales establecidos en el Plan Nacional del Buen Vivir.  Para ello, se trabajó arduamente en una propuesta técnica que potencie las ventajas comparativas y la constitución de nuevos polos de desarrollo y que, a su vez, privilegie la inversión en sectores estratégicos priorizados y en zonas económicamente deprimidas. Así nació el esquema ZEDE.

2.- ¿Cuáles son los organismos que rigen y controlan el esquema ZEDE?

Por tratarse de una estructura de desarrollo productivo, la rectoría de las ZEDE la tiene el Consejo Sectorial de la Producción, presidido por el Ministerio Coordinador de la Producción e integrado por los Ministros y Secretarios de Estado del ramo de la producción.  El control y la supervisión de las ZEDE es atribución del Ministerio de Industrias y Productividad.

3.- ¿Cuáles son los objetivos y proyectos que se desea alcanzar con las ZEDE?

Los objetivos de las ZEDE son:
a. Atraer nuevas inversiones productivas sostenibles para  impulsar procesos de transferencia de tecnología e innovación, investigación y desarrollo; generar actividades industriales y de servicios eco-eficientes con alta agregación de valor para la exportación; e incrementar y facilitar los flujos netos de comercio exterior.
b. Consolidar la oferta y exportación de servicios logísticos multimodales y mejorar la competitividad del transporte.
c. Establecer nuevos polos de desarrollo territorial.
d. Generar empleo de calidad.
e. Generar divisas para una balanza de pagos saludable.

Los proyectos que buscamos instalar en ZEDE son de 3 tipos:
Emprendimientos industriales innovadores que se orienten principalmente a la exportación de bienes con alta agregación de valor; desarrollo de servicios logísticos y ejecución de actividades de transferencia y de desagregación de tecnología e innovación.

4.- ¿Es opcional migrar de la figura de zona franca al esquema ZEDE? En caso de haber interés por la migración, cuáles serían los beneficios?

El Código Orgánico de la Producción establece que las zonas francas que hubieran obtenido sus concesiones al amparo de la Ley de Zonas Francas (hoy derogada), podrán continuar en operación por el tiempo restante de vigencia de sus concesiones, sujetándose operativa y administrativamente a las disposiciones del Código. De querer migrar al esquema ZEDE, tanto el Código como el Reglamento específico para esta materia, establecen requisitos para solicitar la migración, siendo atribución del Consejo Sectorial de la Producción autorizar la migración de esquema en los casos que sea posible. Son beneficios fundamentales el contar con un marco completamente claro sobre los incentivos y beneficios que otorga la Ley para la estructura ZEDE, así como el goce de un nuevo plazo de vigencia de la autorización que será de hasta 20 años.

5.- ¿Cuáles son las principales diferencias de estas 2 figuras: zona franca y ZEDE?

Las zonas francas eran un régimen especial aduanero, para cuya operativa se precisaba una gran tramitología en atención a la liberación de los tributos al comercio exterior que se otorgaba a las mercancías al amparo del mismo. Esto también, considerando que para la constitución de las zonas francas se les aplicó el principio de extraterritorialidad, que quiere decir que dentro del país hay un espacio delimitado que se considera como que se tratase de otro país, en el cual no regía alguna normativa nacional precisamente por esa ficción legal. El establecimiento de zonas francas no consideró los elementos de desarrollo territorial que hoy si prevé la Ley. Las ZEDE son también espacios delimitados del país, pero que no se consideran ajenos a él, por lo que son aplicables todas las normas nacionales en estos. Esto permite que los incentivos tributarios que establece el Código de la Producción aplicables a los proyectos que se instalen en ZEDE, no sean restringidos únicamente a lo relacionado con esta estructura, sino que viabiliza que todos los incentivos puedan converger para un mejor desarrollo del proyecto. Para una operatividad fluida, se otorgó a las ZEDE el tratamiento de destino aduanero, lo que hará posible que la tramitología requerida para el ingreso y salida de mercancías sea simplificada.
 

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